El MEC presenta el documento para la elaboración de las directrices de los títulos universitarios de Grado y Máster

El MEC presenta el documento para la elaboración de las directrices de los títulos universitarios de Grado y Máster

Por primera vez, la universidad deberá hacer una estimación de los resultados previstos de las enseñanzas, sobre la que será evaluada posteriormente

Todos los títulos deben disponer de un sistema que permita revisar su correcto funcionamiento y establecer de forma dinámica las acciones de mejora necesarias

Los planes de estudios deberán tener en el centro de sus objetivos la adquisición de competencias

Miguel A. Quintanilla: “Un plan de estudios debe entenderse como un contrato de la universidad con la sociedad” (0.35min) (Audio)

El Ministerio de Educación y Ciencia ha presentado hoy el documento de trabajo en el que se establece la propuesta de directrices para la elaboración de títulos universitarios de Grado y de Máster conforme a lo establecido en el documento La Organización de las Enseñanzas Universitarias en España presentado el pasado 26 de septiembre. El documento establece que la organización de las enseñanzas se hará bajo tres principios: Adecuar los métodos de enseñanza y aprendizaje al objetivo de adquisición de competencias por parte de los estudiantes, facilitar la movilidad estudiantil y su contacto con el mundo profesional y promover el aprendizaje a lo largo de la vida.

Estas directrices son una guía para elaborar las propuestas de títulos y para elaborar la documentación que ha de presentar una universidad. Esta documentación será la necesaria para iniciar la evaluación académica (verificación prevista por la LOU) que permita la inscripción de un título en el Registro de Universidades Centros y Títulos (RUCT), tal y como se define en el artículo 34 del proyecto de reforma de la LOU. El planteamiento de esta propuesta pone el énfasis en las condiciones necesarias para el reconocimiento de los títulos, y no sólo en su contenido.

Este nuevo modelo concibe el plan de estudios como un acuerdo entre la universidad y la sociedad que establece las bases por las que el estudiante deposita su confianza en la universidad. Además, define el plan de estudios como un proyecto de implantación de una enseñanza universitaria y como tal proyecto para su aprobación requiere de elementos tales como justificación, objetivos, admisión de estudiantes, contenidos, planificación, recursos, resultados previstos y sistema de garantía de calidad.

Estas directrices son coherentes con el objetivo de aumentar la autonomía de las universidades, en este caso en el diseño de las titulaciones que imparten. Esta modificación se basa en la convicción de que tanto el profesorado de las universidades como la organización de las mismas permitirán un diseño más adecuado de los planes estudio.

Adquisición de competencias

El plan de estudios debe tener en el centro de sus objetivos la adquisición de competencias por parte de los estudiantes ampliando el tradicional enfoque basado en contenidos y horas lectivas y haciendo énfasis en los métodos de aprendizaje de dichas competencias, así como en los procedimientos para evaluar su adquisición.

Las competencias se conciben como un conjunto de conocimientos, habilidades, aptitudes y valores que capacitarán a un titulado para afrontar la resolución de problemas o la intervención en un contexto académico, profesional o social.

Calendario

Este es un documento de trabajo que tiene como objetivo promover el debate en el seno del Consejo de Coordinación Universitaria. Las comisiones de Coordinación y Académica deberán emitir un informe antes de marzo de 2007. Dicho informe y el presente documento servirán de base para el proceso de aprobación de títulos que el Gobierno llevará a cabo posteriormente. Se abre ahora un periodo de análisis y debate sobre la propuesta.

Los títulos adaptados a estas directrices se empezarán a implantar en el curso 2008-2009.

MEC, 21/12/06

Articulo original en fírgoa - Avaliación e acreditación

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